Sentencia de Revisión de Tutela T-1035 de 2005
¿Vulneró la alcaldía demandada los derechos fundamentales al mínimo vital, a la salud en conexidad con el derecho a la vida y a la igualdad de los demandantes al excluirlos del programa de protección al adulto mayor, aduciendo que el nuevo programa de seguridad no determinó que las personas que eran beneficiarias del mismo en época anterior debían ser incluidas en el mismo? El debido proceso administrativo. El Programa de Auxilio para el anciano indigente. Concedida - [Resumen automatizado: La Alcaldía Municipal de Ibagué debió considerar, que por el hecho de los accionantes haber sido beneficiarios de una prestación estatal, no podían ser privados de la misma, sino mediante una decisión respetuosa de un debido proceso, mediante el cual dicho ente administrativo, debió determinar si los demandantes se encontraban incursos en las causales contempladas en el Decreto 569 de 2004 y en la Ley 100 de 1993, para la pérdida del derecho al subsidio mencionado.] - [Palabras claves: personas, subsidio, derechos, derecho, ibagué, protección, proceso, programa, debido, fundamentales, social, beneficiarios, persona]