Sentencia de Revisión de Tutela T-822 de 2001
[Resumen automatizado: Esta Corporación ha indicado en su jurisprudencia, que aquellas entidades ya sean públicas o privadas encargadas de prestar el servicio publico de salud, deben realizar todas las gestiones necesarias en aras de garantizar la continuidad del servicio no puede esta Sala de Revisión dejar de proteger el derecho a la salud en conexidad con el derecho la vida digna y a la integridad física del actor, habida cuenta que el peticionario es una persona de 69 años de edad, que ha visto desmejorada su calidad de vida por los problemas de salud que lo aquejan, además de ser una persona de escasos recursos que no puede desarrollar su trabajo, situaciones éstas más que suficientes para que proceda el amparo constitucional solicitado. || Notificadas las partes, el doctor René Ramírez Alonso, Secretario de Salud Municipal de Barrancabermeja, en escrito de 21 de enero de 2001 dirigido al Juzgado Segundo Penal del Circuito de esa misma ciudad, informó que el procedimiento de transplante de córnea es NO POS-S, según el acuerdo No.72 del 29 de agosto de 1997, caso en el cual el Decreto 806 de 1998, en su articulo 31 establece que cuando el afiliado requiera de servicios adicionales a los incluido en el POS-S y no tenga capacidad de pago para asumir el costo de dichos servicios, podrá acudir a las instituciones publicas o privadas que tengan contrato con el Estado, las cuales estarán en la obligación de atenderlo de acuerdo a con su capacidad de oferta, estando facultadas para cubrir una cuota de recuperación con sujeción a las normas vigentes.] - [Palabras claves: derecho, salud, vida, tutela, actor, procedimiento, calidad, cuenta, servicios, puede, fin, fundamental, conforme, corte, conexidad, por, persona, obligación, parte, penal]