Sentencia de Control de Constitucionalidad C-134 de 1993
Decreto 263 de 1993. Por el cual se dictan medidas tendientes a garantizar la atención hospitalaria, a las víctimas de atentados terroristas - [Resumen automatizado: El representante de la Presidencia de la República sostiene que "es deber del Estado garantizar a través de las instituciones que integran el Sistema de Salud, la atención oportuna de las personas que han sido afectadas de una u otra manera en su salud, por este tipo de hechos, en virtud de lo dispuesto en la Carta Política, especialmente lo señalado en los artículos 1º, 43, 44, 49, 95 numeral 2, y el 365, que señalan dentro del Estado social de Derecho, que este tipo de servicios públicos son inherentes a la finalidad misma del Estado. || La Corte ha dicho que "la defensa de los valores supremos del ordenamiento obliga al Estado a intervenir -dentro del marco institucional- para proteger a las personas en su dignidad humana y exigir la solidaridad social cuando ella sea indispensable para garantizar derechos fundamentales como la vida y la salud"[1]. || La Corte ha dicho que "la defensa de los valores supremos del ordenamiento obliga al Estado a intervenir -dentro del marco institucional- para proteger a las personas en su dignidad humana y exigir la solidaridad social cuando ella sea indispensable para garantizar derechos fundamentales como la vida y la salud"[1].] - [Palabras claves: salud, decreto, personas, constitución, servicios, solidaridad, vida, víctimas, corte, atención, derecho, social, el, seguridad]