Sentencia de Control de Constitucionalidad C-578 de 2009
[Resumen automatizado: En términos de la demanda, la expresión “trabajadores” resulta inexequible al configurarse una omisión legislativa relativa, toda vez que dicha expresión excluye de sus efectos a los rentistas de capital ( personas que no perciben ingreso por su actividad personal, sino por la explotación de sus bienes) con lo cual se establece un trato discriminatorio frente a personas vinculadas a través de contrato de trabajo, servidores públicos, pensionados, jubilados y trabajadores independientes con capacidad de pago, sobre quienes radica la obligación de afiliarse al régimen contributivo del Sistema de Seguridad Social en Salud. || Mediante concepto de 10 de junio de 2009, el Procurador General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declararse inhibida para pronunciarse de fondo sobre la expresión “trabajadores” contenida en los artículos 157, literal A, numeral 1º y 204 parágrafo 2º de la Ley 100 de 1993 “por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones, por ineptitud sustantiva de la demanda, con fundamento en las siguientes consideraciones: ] - [Palabras claves: sistema, trabajadores, ley, corte, social, seguridad, personas, constitución, independientes, concepto, demanda, inconstitucionalidad, omisión, pago, expresión, general]; Arts. 157 y 204(parciales), vocablo "trabajadores": Fallo inhibitorio.