Sentencia de Control de Constitucionalidad C-811 de 2001
[Resumen automatizado: Manifiesta que, aunque el legislador dispuso que el giro de los recursos de la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación se hace bimestralmente y el giro de los recursos del situado fiscal mensualmente, no por ello hay violación del derecho a la igualdad entre los trabajadores municipales a quienes se les cancela los salarios y prestaciones con unos y otros recursos, toda vez las entidades territoriales, con fundamento en su autonomía, cuentan con otras fuentes para captar recursos que pueden destinar al cumplimiento de sus funciones, como por ejemplo el establecimiento de tributos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 287 de la Carta Política. || El señor Procurador manifiesta que, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución, le compete al legislador, en desarrollo de los principios de complementariedad, subsidiaridad y concurrencia, determinar el porcentaje del situado fiscal que le corresponde a los departamentos y distritos para financiar la salud y la educación; así mismo, reconocer a los municipios el derecho a participar en los ingresos corrientes de la Nación, establecer el porcentaje mínimo de esa participación y definir las áreas prioritarias de inversión social que se financiarán con esos recursos.] - [Palabras claves: recursos, municipios, participación, ley, fiscal, ingresos, nación, constitución, corrientes, situado, municipales, entidades]