Sentencia de Control de Constitucionalidad C-987 de 2004
[Resumen automatizado: - la Gaceta del Congreso N° 264 del 10 de junio de 2004, donde se publicó, en las páginas 15-16, el “Texto unificado al proyecto de ley número 030 de 2001, 084 de 2001 acumulados [Cámara], 278 de 2002 Senado, por medio de la cual se desarrolla el artículo 73 de la Constitución Política para garantizar el ejercicio del periodismo y se dictan otras disposiciones, de acuerdo con lo establecido en la sentencia C-650 de 2003 y en el auto de la Sala Plena de la Corte Constitucional, Referencia OP-068, fechado en Bogotá, D.C., el diecisiete (17) de febrero de dos mil cuatro (2004)”, presentado por los senadores María Isabel Mejía Marulanda, Edgar Artunduaga Sánchez y Germán Hernández Aguilera; || - la Gaceta del Congreso N° 261 del 10 de junio de 2004, donde se publicó, en las páginas 4-5, el “Texto unificado al proyecto de ley número 030 de 2001, 084 de 2001 Cámara acumulados, 278 de 2002 Senado, por medio de la cual se desarrolla el artículo 73 de la Constitución Política para garantizar el ejercicio del periodismo y se dictan otras disposiciones, de acuerdo con lo establecido en la sentencia C-650 de 2003 y en el auto de la Sala Plena de la Corte Constitucional, Referencia OP-068, fechado en Bogotá, D.C., el diecisiete (17) de febrero de dos mil cuatro (2004)”, presentado por los representantes Marino Paz, Jesús Ignacio García y Barlahán Henao; ] - [Palabras claves: proyecto, corte, congreso, ley, sentencia, actividad, constitución, normas, acreditación, social, inconstitucionalidad, ministerio, parte]