Sentencia de Revisión de Tutela T-659 de 2002
[Resumen automatizado: La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ, JAIME ARAÚJO RENTERÍA y ALFREDO BELTRÁN SIERRA, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en particular las contenidas en los artículos 86 y 241, numeral 9, de la Constitución y en el Decreto 2591 de 1991, dicta la siguiente || Agregó que se trataba de proteger el derecho a la vida de la demandada, el cual, se encontraba amenazado por una "apreciación subjetiva" del accionante, en razón de las convicciones religiosas de su esposa, y esa situación no era susceptible de manejo o manipulación por medio del amparo constitucional pues se violarían otros derechos fundamentales que le asistían a la demandada, como eran su libertad de conciencia, de cultos y el libre desarrollo de su personalidad, y menos si se trataba de una decisión adoptada por una persona plenamente capaz y su manifestación de no ser "receptora de sangre" estaba autorizada por la Ley, según el artículo 50 del Decreto 1571 de 1993.] - [Palabras claves: sangre, corte, tutela, vida, según, médico, pereira, capaz, juzgado, acción, menor, libertad, primero, amparo, la, razón, plenamente, marzo]