Sentencia de Revisión de Tutela T-1063 de 2005
[Resumen automatizado: Con fundamento en los anteriores hechos, la demandante solicita que se ordene a Humanavivir EPS autorizar la realización de las terapias que la menor requiere en la IPS indicada por su médico tratante, es decir, en la Fundación Liga Central contra la Epilepsia, así como los exámenes que le han sido ordenados y los demás servicios necesarios para el tratamiento de su enfermedad. || En este contexto, corresponde a la Sala determinar si los derechos fundamentales a la vida, a la salud y a la seguridad social de la menor Luisa Fernanda Gutiérrez Arias fueron vulnerados por Humanavivir EPS, al negarse a autorizar (i) la práctica de las terapias que necesita en la IPS Fundación Liga Central contra la Epilepsia, entidad con la que no tiene contrato, (ii) los exámenes que le fueron ordenados por su médico tratante, y (iii) su valoración por un especialista en neuropediatría. || PRIMERO: Revocar parcialmente la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Ocho Civil Municipal de Bogotá, el 16 de junio de 2005, en cuanto negó la solicitud de ordenar a Humanavivir EPS la práctica de los exámenes valoración genética, aminoácidos en plasma (HPLC), ácidos orgánicos de cadera ramificada y mucopolisacáridos que la menor Luisa Fernanda Gutiérrez Arias requiere, así como su remisión a valoración por un médico neuropediatra.] - [Palabras claves: menor, exámenes, servicios, salud, parte, médico, valoración, sala, derecho, servicio, tutela, madre, encuentra, práctica, en]