Sentencia de Revisión de Tutela T-1189 de 2003
[Resumen automatizado: La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Eduardo Montealegre Lynett, Álvaro Tafur Galvis y Clara Inés Vargas Hernández, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la siguiente || La relación jurídica que existe entre un centro médico y sus pacientes, impone al representante legal de la Institución determinadas cargas contractuales, entre las que se cuentan la de garantizar que la atención y los tratamientos prescritos se suministren en condiciones de tranquilidad para los pacientes, con respeto al derecho a la intimidad de los mismos y observando en todo caso los dispuesto en el artículo 48 de la Carta Política, que establece los principios de eficiencia y solidaridad para la prestación del servicio público de la seguridad social. || La relación jurídica que existe entre un centro médico y sus pacientes, impone al representante legal de la Institución determinadas cargas contractuales, entre las que se cuentan la de garantizar que la atención y los tratamientos prescritos se suministren en condiciones de tranquilidad para los pacientes, con respeto al derecho a la intimidad de los mismos y observando en todo caso los dispuesto en el artículo 48 de la Carta Política, que establece los principios de eficiencia y solidaridad para la prestación del servicio público de la seguridad social.] - [Palabras claves: derechos, personas, trabajadores, fundamentales, persona, social, derecho, política, tutela, acción, condiciones, servicio, mediante, atención, jurídica, salud]