Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-383 de 2003
[Resumen automatizado: - Mediante providencia de octubre 4 de 1991, proferida dentro del proceso de Acción Popular que adelanta Claudia Sampedro y Otros contra el Ministerio del Medio Ambiente hoy de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial- y Otras, por razón de los daños ecológicos causados en el territorio nacional a causa del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos, por aspersión aérea de glifosato, al que la Corte viene haciendo referencia, la Sub - Sección B de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó, por segunda vez, la suspensión inmediata del programa, como quiera que, aunque los actores y algunos coadyuvantes alegaron la necesidad de aplicar el principio de precaución, ante la evidencia del daño demostrada con la práctica de algunas de las pruebas, la Corporación consideró i) que "para tener certeza de la magnitud del daño, es prudente su evacuación total y no fraccionada, con la finalidad de adoptar una decisión de fondo dentro de ésta controversia", y ii) sobre la aplicación del principio de precaución sostuvo que "no se ha logrado establecer si lo que mas perjudica al medio ambiente es el procedimiento utilizado para sembrar coca o las fumigaciones aéreas".] - [Palabras claves: indígenas, pueblos, derechos, cultivos, nacional, comunidades, derecho, consulta, convenio, ilícitos, protección, cultural, medidas]