Sentencia de Control de Constitucionalidad C-401 de 1998
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 83 del Decreto 1042 de 1978. Empleados supernumerarios, vinculación excepcional con la administración pública - [Resumen automatizado: En la oportunidad legal, el señor procurador general de la Nación se pronunció sobre la demanda presentada por la actora y solicitó a esta Corporación que se declare la exequibilidad de la norma acusada, salvo las expresiones "Cuando la vinculación del personal supernumerario no exceda el término de tres meses, no habrá lugar al reconocimiento de prestaciones sociales. || 2. En relación con la norma demandada, la Corte Suprema de Justicia, mediante Sentencia número 96 del 5 de octubre de 1982, (M.P. Manuel Gaona Cruz), declaró exequible la expresión "Cuando la vinculación de personal supernumerario no exceda en término de tres meses, no habrá lugar al reconocimiento de prestaciones sociales", contenida en el inciso 5° del artículo 83 del Decreto 1042 de 1978, ahora demandado. || La Corte encuentra entonces, que las facultades que el inciso tercero otorga al Gobierno para autorizar la vinculación de personal transitorio por cualquier período de tiempo, y sin ninguna restricción, contradicen la normatividad constitucional, que exige una previa delimitación de esta planta de personal, el señalamiento de las actividades a que se dedicará que siempre deben corresponder a necesidades extraordinarias, el tiempo de la vinculación transitoria, y la previa apropiación y disponibilidad presupuestal de sus salarios y prestaciones sociales.] - [Palabras claves: personal, vinculación, corte, administración, prestaciones, norma, tres, temporal, carrera, relación, meses, laboral, constitucional, reconocimiento, término, sociales, actividades, trabajo]