Sentencia de Control de Constitucionalidad C-219 de 2019
[Resumen automatizado: Partiendo de esa consideración, sostienen que el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 desconoce, por entero, el principio de unidad de materia, pues mientras dicha disposición regula específicamente el ingreso base de cotización de los trabajadores independientes para establecer sus aportes al Sistema Integral de Seguridad Social, la preceptiva en su conjunto, por virtud de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, tiene, en cambio, como finalidad “construir una Colombia en paz, equitativa y educada, en armonía con los propósitos del Gobierno nacional, con las mejores prácticas y estándares internacionales, y con la visión de planificación, de largo plazo prevista por los objetivos de desarrollo sostenible”[6]. || Acto seguido, el interviniente procede a citar in extenso algunos apartes considerativos insertos en las Sentencias C-147 de 2015 y C-016 de 2016, en el interés de poner de manifiesto no solamente que las finalidades que subyacen al principio de unidad de materia son la coherencia y la transparencia en el proceso legislativo, sino que, a la luz de los pilares de la paz, la equidad y la educación, reconocidos en el Plan Nacional de Desarrollo contenido en la Ley 1753 de 2015, la estrategia transversal de “Buen Gobierno” se orienta por garantizar la configuración y consolidación de un Estado moderno, más transparente, eficiente y eficaz; capítulo en el que, por cierto, se incluye el artículo 135 que, “al estipular medidas enfocadas a la determinación del ingreso base de cotización de los independientes, la retención de aportes y el establecimiento de un sistema de presunción de ingresos, permite un mejor y eficiente recaudo de las cotizaciones del Sistema de Seguridad Social Integral y con ello la sostenibilidad financiera del mismo”.] - [Palabras claves: plan, materia, nacional, ley, desarrollo, objetivos, parte, principio, unidad, disposición]