Sentencia de Control de Constitucionalidad C-049 de 2018
[Resumen automatizado: La actora considera que el artículo acusado contraviene los artículos 1, 2, 13, 16 y 18 de la Constitución Política, razón por la cual solicita que se declarare la exequibilidad condicionada del fragmento "el órgano o tejido será trasplantado a la persona que hizo expresa su voluntad de ser donante de órganos y tejidos y se encuentre identificada como tal", en el entendido que "el mismo impone un (sic) categórico que vulnera los derechos del pluralismo, la vida, la igualdad de trato de todos ante la ley, el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de conciencia." Para sustentar el concepto de la violación plantea los siguientes cargos. || 2. En segundo lugar, la demandante afirma que la norma objetada, por un lado, desconoce el deber estatal de proteger a todas las personas en su vida (Art. 2 C.P.), pues escoge entre la existencia de una persona sobre la otra, no obstante "la misma Constitución reconoce que ambas son inviolables y tienen el mismo valor" y, por otro lado, ignora la obligación de protección de los ciudadanos en sus creencias y libertades, pues la disposición los compele para que, con la intención de salvaguardar su propia vida, accedan a ser potenciales donantes de órganos, sin tener la posibilidad de tomar la decisión libre de hacerlo.] - [Palabras claves: donación, órganos, norma, demanda, ley, derecho, personas, corte, vida, manera, voluntad, conciencia, debe, libertad]