Sentencia de Control de Constitucionalidad C-776 de 2010
[Resumen automatizado: En el presente caso, en que el Legislador, en ejercicio de su potestad de configuración de la estructura jurídica del Sistema General de Seguridad Social en Salud, establece que las mujeres víctimas de la violencia podrán recibir un tratamiento específico destinado a la protección de su salud en los aspectos físico, mental y social, haciéndolas beneficiarias de prestaciones relacionadas con alojamiento y alimentación temporal, es decir, durante el denominado periodo de transición, no desborda los límites previstos en la Constitución Política, en tanto le está dando aplicación a los principios de universalidad e integralidad, por cuanto se van a cubrir contingencias que afectan la salud y las condiciones de vida de quien es considerada, en estos eventos, como una persona vulnerable, por lo que se concluye que no desbordó al órbita de sus atribuciones constitucionales.] - [Palabras claves: violencia, mujer, derecho, salud, ley, mujeres, social, medidas, alimentación, protección, atención, recursos, corte, víctimas, víctima, prestaciones]; Arts. 13 y 19 (parciales) : Exequibles