Sentencia de Revisión de Tutela T-573 de 2016
[Resumen automatizado: En ese sentido, ordenó oficiar a la Asociación Probienestar de la Familia Colombiana, Profamilia, y al Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social de la Universidad de los Andes para que brindaran su colaboración a la Corte informando sobre las medidas que, en su criterio, podrían contribuir a que los menores de edad con discapacidad cognitiva y psicosocial tomen decisiones informadas y autónomas sobre el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos y sobre el rol que incumbe a los familiares, los proveedores de servicios de salud y el personal médico respecto del acompañamiento y apoyo en la adopción de decisiones de esa naturaleza. || El recuento elaborado en la parte motiva de esta providencia sugiere, en efecto, que los artículos 6º y 7º de la Ley 1412 de 2010 -sobre la práctica gratuita de procedimientos quirúrgicos de anticoncepción a menores de edad y personas en situación de discapacidad- y la lectura que ha hecho de ellos la Corte Constitucional podrían estar limitando el alcance de la protección que la CDPCD les prodiga a las personas con discapacidad, específicamente, en lo que tiene que ver con el reconocimiento de su capacidad jurídica para tomar decisiones sobre cuestiones relacionadas con la familia, la maternidad, las relaciones personales y en general, sobre aquellas que conciernen al ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.] - [Palabras claves: discapacidad, personas, derechos, esterilización, situación, consentimiento, salud, derecho, decisiones, sexuales, sala, capacidad, edad]