Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-24-000-2009-00354-00(2069-09) de 2011
Se niega nulidad parcial del artículo 5º del Decreto No. 2400 del 25 de octubre de 2002, expedido por el Presidente de la República y los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Salud, mediante el cual se modificó el artículo 22 del Decreto 1703 de 2002, por considerar que el Gobierno Nacional en ejercicio de la facultad discrecional puede definir las condiciones y requisitos que deben cumplir quienes pretendan afiliarse en las diferentes formas en que se presta el servicio de seguridad social. Reglamentación de los periodos mínimos de pago y afiliación. Trabajador independiente y dependiente. Cobertura en salud familiar
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