Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 25000-23-24-000-2010-00609-01(AP) de 2014
Declara la vulneración del derecho colectivo a la salubridad pública, como consecuencia del déficit de protección respecto de los menores, las mujeres embarazadas y en estado de lactancia que se advierte en la regulación nacional de los mensajes que debe contener la lata o etiqueta del producto y su publicidad en medios, para informar a la comunidad de manera fiable, clara, expresa, completa, comprensible, oportuna, precisa e idónea sobre los riesgos que genera el consumo de "bebidas energizantes". Ordena la revisión de la regulación vigente \ Acción Popular contra acto administrativo reglamentario - Resolución 4150 de 2009 - Procedencia cuando se pretenda la protección de los derechos e intereses colectivos. Si bien el juez de la acción popular esta imposibilitado para declarar la nulidad de los actos administrativos, sí puede adoptar las medidas que sean necesarias para hacer cesar la amenaza o vulneración de los derechos colectivos \ A diferencia de otras acciones, la procedencia e la acción popular no se encuentra supeditada a que no existan otros mecanismos de defensa judicial \ Causal de recusación del perito: El Invima, siendo parte del proceso, rindió informe pericial \ Valor probatorio de la prueba pericial \ Derecho colectivo de los consumidores y usuarios - Sustento, finalidad, ámbito de protección. Derecho colectivo a la salubridad pública - Concepto, contenido y alcance \ La expresión técnica "bebida energizante", no vulnera el derecho colectivo de los consumidores \ Inexistencia de publicidad engañosa \ INVIMA : por carecer de funciones regulatorias, no puede requerir a los sujetos sometidos a su vigilancia y control el cumplimiento de exigencias distintas a las previstas por la regulación vigente del sector