Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 11001-03-26-000-2006-00013-01(32690) de 2008
En los contratos donde se pacte una modalidad de pago diferente a la capitación, tanto en el régimen contributivo como en el régimen subsidiado, las EPS o ARS y las IPS se sujetarán a un procedimiento de trámite y pago de las cuentas. Acción de nulidad contra unos apartes del artículo 9 del Decreto Reglamentario 3260 de 2004, sobre reglas para el pago en los contratos por conjunto integral de atención, pago por evento u otras modalidades diferentes a la capitación en regímenes contributivo y subsidiado de salud. Fallo: Nulidad parcial artículo 9 de decreto 3260 de 2004, totalmente el numeral 2 y parágrafo 2 y parcialmente el numeral 3. Régimen de seguridad social en salud - Modalidad de pago a instituciones prestadoras del servicio de salud por ARS, IPS y EPS