Sentencia de Control de Constitucionalidad C-184 de 2010
Valuación de de incapacidades permanentes de accidentes de trabajo. Monto de la incapacidad. En efecto, como se ha dicho, la acusación central consiste en decir que en las normas demandadas el legislador otorgó al ejecutivo facultades extraordinarias para modificar el Código Sustantivo del Trabajo, justamente en sus artículos 209, 210 y 211. No obstante, el Decreto ley 1295 de 1994, cuyo artículo 44 aquí se demanda parcialmente, y que fue la primera de las normas acusadas en entrar en vigencia, derogó tácitamente dichos artículos 209, 210 y 211 del Estatuto Laboral . Así las cosas, carece de toda lógica suponer que al mismo tiempo que dicho Decreto derogaba los mencionados artículos, también le estuviera dando facultades al Gobierno para modificarlos. Fallo inhibitorio para emitir pronunciamiento de fondo respecto de la demanda de la referencia, dirigida contra los artículos 41 (parcial) de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 52 de la Ley 962 de 2005, 44 (parcial) del Decreto ley 1295 de 1994 y 7° (parcial) de la Ley 776 de 2002, por ineptitud sustantiva de la demanda - [Resumen automatizado: La Sala Plena de la Corte Constitucional, conformada por los magistrados Mauricio González Cuervo -quien la preside-, María Victoria Calle Correa, Juan Carlos Henao Pérez, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Jorge Iván Palacio Palacio, Nilson Pinilla Pinilla, Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, Humberto Antonio Sierra Porto y Luis Ernesto Vargas Silva, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y en cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la presente sentencia con fundamento en los siguientes, || Tras estas declaraciones generales, la demanda entra a explicar de manera específica el concepto de la violación de los numerales 2° y 10° del artículo 150º de la Constitución; para ello aduce que esta preceptiva superior, referida a la función de “Expedir códigos en todos los ramos de la legislación y reformar sus disposiciones” y a que “Estas facultades no se podrán conferir para expedir códigos, leyes estatutarias, orgánicas, ni las previstas en el numeral 20 del presente artículo, ni para decretar impuestos ””, fue desconocida por las disposiciones acusadas, pues el Congreso de la República delegó la facultad de expedir el Manual de Calificación de Invalidez y las Tablas de Valuación de Incapacidades al Gobierno, modificando así la esencia de los artículos 209, 210 y 211 del Código Sustantivo del Trabajo sin fijar límite alguno.] - [Palabras claves: demanda, corte, norma, normas, código, ley, constitución, acusadas, gobierno, razones, decreto, sentencia, facultades]