Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-25-000-2007-00366-00(0413-08) de 2008
Accede a la solicitud de suspensión provisional del artículo 6 del Decreto 2800 de 2003. Base de cotización de los trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Profesionales. A simple vista, se observa que el decreto acusado contradice lo previsto en artículo 19 de la Ley 100 de 1993, en cuanto al pretender establecer la regulación ordenada por la misma, excedió la facultad fijando una base de cotización que está por encima del que señaló la ley y en esas condiciones procede su suspensión provisional
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