Sentencia de Control de Constitucionalidad C-399 de 2007
[Resumen automatizado: Para alcanzar los referidos objetivos el legislador impuso una carga patrimonial adicional a los empleadores de los profesores de los establecimientos educativos particulares, en cuanto les exige un aporte al Sistema de Seguridad Social Integral que rebasa el tiempo de duración efectiva del contrato de trabajo, la cual es también constitucionalmente legítima por ser expresión de la potestad de establecer tributos (Art. 150, Num. 12). || 7. Los demandantes plantean una supuesta discriminación, por parte de la norma demandada, de los empleadores de los profesores de los establecimientos educativos particulares cuyo contrato de trabajo se entienda legalmente celebrado por el período escolar, frente a los empleadores de los profesores de los establecimientos educativos estatales, en cuanto, en su opinión, estos últimos empleadores tienen la obligación de hacer aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral sólo durante el período escolar, mientras que los primeros deben hacer dichos aportes durante la totalidad del período calendario respectivo. || 7. Los demandantes plantean una supuesta discriminación, por parte de la norma demandada, de los empleadores de los profesores de los establecimientos educativos particulares cuyo contrato de trabajo se entienda legalmente celebrado por el período escolar, frente a los empleadores de los profesores de los establecimientos educativos estatales, en cuanto, en su opinión, estos últimos empleadores tienen la obligación de hacer aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral sólo durante el período escolar, mientras que los primeros deben hacer dichos aportes durante la totalidad del período calendario respectivo.] - [Palabras claves: art, trabajo, empleadores, período, social, contrato, particulares, seguridad, norma, principio, establecimientos]