Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-210 de 2017
[Resumen automatizado: Por tanto, el Instituto de Seguros Sociales al denegar el reconocimiento pensional al actor desconoció, los derechos adquiridos, el derecho a la seguridad social en pensiones, el régimen especial y de transición establecido en el ordenamiento jurídico en favor de los magistrados de alta corte incurrió en vía de hecho, pues las controversias entre empleadores y entes de previsión deben ceder frente al derecho pensional, y en el sublite el actor cumplió con los requisitos exigidos por las normas pensionales especiales, como quedó anotado en precedencia y existe obligación legal de que las diferentes entidades, entre estas, la Universidad Externado, debe contribuir en la conformación del capital necesario para financiar la pensión". || Con base en los elementos fácticos y jurídicos descritos, la Corte debe determinar si la Sentencia del 21 de agosto de 2014, proferida por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que confirmó la Sentencia del 2 de diciembre de 2010, proferida por la Subsección "B" de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ordenó al ISS (ahora Colpensiones) el reconocimiento y pago de la pensión de vejez en favor del señor Manuel Santiago Urueta Ayola, bajo el régimen especial de Congresistas y Magistrados de las Altas Cortes (Ley 4ª de 1992 y Decretos 1359 de 1993 y 1293 de 1994), vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, el acceso a la administración de justicia y a la igualdad de la Fundación Universidad Externado de Colombia.] - [Palabras claves: corte, régimen, derecho, sentencia, ley, judicial, tutela, consejo, especial, decisión, juez, sala, derechos, constitucional, recurso, revisión]