Sentencia de Revisión de Tutela T-398 de 2005
[Resumen automatizado: El Gobernador del Chocó, mediante escrito de 20 de septiembre de 2004, informó al Juez Primero Promiscuo de Familia del Chocó, lo siguiente: “El accionante señor ALVARO RODRÍGUEZ MENDOZA, es pensionado del departamento del Chocó, y como tal dentro de las posibilidades económicas del ente territorial, se le ha venido pagando sus mesadas pensionales sino de forma puntual sí en forma aceptable, hasta el punto que ya recibieron el mes de agosto de 2004, para lo cual la administración está haciendo ingentes esfuerzos para ponerse al día con la mesada correspondiente a la prima semestral del mismo año. || En el presente caso esta Sala de Revisión deberá establecer si el Gobernador, en representación del Departamento del Chocó vulneró el derecho fundamental al mínimo vital alegado por el señor Álvaro Rodríguez Mendoza, por el no pago de 15 mesadas atrasadas (el actor no específico los meses ni el año), de la pensión que fue reconocida mediante la Resolución Nº 05431 de 2000. || Teniendo en cuenta las pruebas que obran en el proceso y la jurisprudencia que esta Corporación ha emitido sobre el tema, la Sala revocará las sentencias proferidas por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Quibdó y el Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala Única de Quibdó, y en su lugar se ampararán los derechos fundamentales al mínimo vital y al pago de la pensión del señor Álvaro Rodríguez Mendoza.] - [Palabras claves: pago, corte, edad, mínimo, derecho, años, vital, si, fundamentales, dentro, acción, sala, personas, tercera, derechos, manera, departamento, pasivos]