Sentencia de Revisión de Tutela T-166 de 2010
[Resumen automatizado: El 1 de julio de 2009, la señora María Auxilia Maturana Hinestroza, en nombre propio y en representación de sus menores hijos Edwin y Camilo Hinestroza Maturana, formuló, a través de apoderado, acción de tutela contra el Instituto de los Seguros Sociales, Seccional Risaralda, por una presunta violación de sus derechos fundamentales a la vida digna, al mínimo vital y a la seguridad social, en la que considera incurrió la entidad demandada al negarle el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, solicitada tras el fallecimiento del señor Leoncio Hinestroza Bermúdez por no cumplir con el requisito de fidelidad establecido en el artículo 12 de la Ley 797 de 2003. || El Jefe del Departamento de Pensiones del Instituto de los Seguros Sociales, Seccional Risaralda, mediante Resolución Nº 1426, del 14 de febrero de 2008 resolvió el recurso de reposición confirmando la Resolución Nº 006129, del 28 de octubre de 2005 al considerar que: "...analizada la normatividad aplicable al caso concreto, y revisada y actualizada nuevamente la Historia Laboral que reposa en el expediente, se logró establecer que el asegurado LEONCIO HINESTROZA BERMÚDEZ cotizó a este instituto 292 semanas validamente cotizadas, de las cuales 59 semanas pertenecen a los tres (3) últimos años anteriores a la fecha del fallecimiento, no obstante, en cuanto a la fidelidad al sistema, que para el caso concreto es el equivalente al 20% entre la fecha en que cumplió 20 años de edad y la fecha del fallecimiento, asciende al 19.79% de lo que es posible dilucidar que el fallecido no cumplió con uno de los requisitos, para dejar derecho a la pensión de sobrevivientes, de acuerdo con lo establecido por la normatividad descrita en el parágrafo primero de la presente Resolución."] - [Palabras claves: ley, sobrevivientes, acción, derecho, tutela, fallecimiento, protección, derechos, social, corte, hijos, años, edad]