Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-298 de 2015
[Resumen automatizado: La Sala Plena de la Corte Constitucional, conformada por los magistrados María Victoria Calle Correaquien preside, Mauricio González Cuervo, Luis Guillermo Guerrero Pérez, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Gloria Stella Ortiz Delgado, Jorge Iván Palacio Palacio, Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, Martha Victoria Sáchica Méndez y Luis Ernesto Vargas Silva, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ha proferido la siguiente || Argumentó que las decisiones emitidas por los jueces accionados en el curso del proceso laboral vulneraron sus derechos a la seguridad social, al debido proceso, a la igualdad, a la aplicación de la interpretación más favorable al trabajador y a la protección especial a las personas de la tercera edad, porque declararon probada la excepción de prescripción con respecto a la reclamación de tener en cuenta la última prima de vacaciones en la reliquidación de su pensión. || En consecuencia, DEJAR SIN EFECTO las decisiones judiciales del 16 de octubre de 2013 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, del 22 de marzo de 2007 del Tribunal Superior de Santa Marta; y del 5 de octubre de 2004 del Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bogotá, por medio de las cuales se declaró probada la excepción de prescripción con respecto a la reclamación que elevó el demandante para que el Banco de la República reajustara su pensión teniendo en cuenta un nuevo factor salarial en la liquidación.] - [Palabras claves: corte, sala, suprema, tutela, sentencia, precedente, acción, justicia, derecho, prescripción, derechos]