Sentencia de Revisión de Tutela T-791 de 2013
[Resumen automatizado: El desconocimiento del precedente establecido por esta Corporación, en un primer momento, fue entendido como una circunstancia que desencadenaba el acaecimiento de un defecto sustantivo cometido por un funcionario judicial; sin embargo, actualmente, debido a sus particularidades, se ha examinado como una causal específica independiente de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales; su teleología se basa en que la inaplicación de una interpretación derivada de la aplicación directa de una regla que tiene su origen en la Carta Política, conduce consecuentemente a la vulneración de la misma. || La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, a través de sentencia de tutela del tres (3) de abril de dos mil trece (2013), negó la acción de tutela interpuesta por Carlos Arnulfo Sánchez Pineda, pues, en primer lugar, no observó “que la autoridad judicial puesta en entredicho haya actuado de manera negligente, ni que en su decisión hubiera olvidado cumplir con el deber de análisis de las realidades fácticas y jurídicas sometidas a su criterio (…)”[8]; ya que consignó los motivos para declarar la prescripción del derecho reclamado, e interpretó los hechos y pruebas del proceso sin que se hubiera advertido una actuación subjetiva, caprichosa o arbitraria, independientemente de que se esté, o no, de acuerdo con ésta.] - [Palabras claves: derecho, constitucional, acción, precedente, sala, corte, sentencia, seguridad, tutela, proceso, incremento, judiciales, social, cónyuge, judicial]