Sentencia de Control de Constitucionalidad C-786 de 2014
[Resumen automatizado: Los fallos de la Corte tienen por lo menos dos efectos directos: (i) en primer lugar, cuando se declara la exequibilidad (a) se reafirma la presunción de constitucionalidad de las normas legales, lo que autoriza su aplicación en la solución de las distintas controversias jurídicas, de cuyos supuestos jurídicos trata la disposición en cuestión; y (b) se fijan los límites para la jurisdicción constitucional, puesto que se obliga a la Corte a estarse a lo resuelto en el fallo previo, en aquellos casos en que el cargo de inconstitucionalidad sea el mismo y el parámetro de control se mantenga inalterado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto 2067 de 1991; y (ii) en segundo lugar, cuando se declara la inexequibilidad por razones de fondo, tiene la consecuencia de prohibir que las autoridades puedan repetir o aplicar el contenido material de ese acto jurídico, existiendo por tanto una clara restricción para las autoridades a este respecto, según el mandato contenido en el artículo 243 CP.] - [Palabras claves: aportes, pensión, tiempo, social, ley, norma, constitucional, entidades, corte, régimen, años, demanda, derecho, previsión]