Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-769 de 2014
[Resumen automatizado: El actor instauró acción de tutela el 4 de junio de 2013, por considerar que los jueces de instancia dentro del proceso ordinario laboral incurrieron en un defecto sustantivo que habilita la procedencia de este amparo constitucional contra providencias judiciales, por cuanto desconocen los pronunciamientos que ha proferido la Corte Constitucional[4], mediante los cuales se posibilita la acumulación de tiempos de servicio en entidades estatales con las cotizaciones realizadas al ISS, para reunir el número de semanas exigidas en el artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990. || (ii) En el evento de ser procedente, si ¿las providencias de las autoridades judiciales accionadas vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social de una persona que solicitó la acumulación del tiempo que laboró en una entidad pública y respecto del cual no se efectuaron cotizaciones, con las semanas cotizadas al ISS, para efectos del reconocimiento de la pensión de vejez, a quien le fue negada bajo el argumento de no ser posible realizar tal acumulación?] - [Palabras claves: tiempo, sala, ley, corte, derechos, tutela, edad, años, reconocimiento, derecho, régimen, sentencia, entidad, instituto, requisitos, acuerdo]