Sentencia de Revisión de Tutela T-586 de 2010
[Resumen automatizado: 5. Cartas dirigidas en noviembre 12 de 2008 y julio 2 de 2009 por el apoderado del actor al Ministerio de Educación Nacional, al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y al Fondo Educativo Regional de Cundinamarca, pidiendo modificar la Resolución 001479 de 1994 y conceder la pensión post mortem vitalicia de invalidez al Señor Álvaro Roa Herrera, como cónyuge de la señora Torres Garzón (fs. || 7. Respuesta de la Secretaría de Educación del Departamento de Cundinamarca de marzo 18 de 2009, a la solicitud del actor de la pensión post mortem de invalidez de Gloria Emperatriz Torres Garzón y su sustitución a favor de Álvaro Roa Herrera, indicando lo anteriormente referido y agregando que “a la fecha (01 de septiembre de 2009) no conocen sentencia alguna donde se ordene que la pensión reconocida… debe ser modificada en el sentido que sea de forma vitalicia” (fs. || REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en febrero 1° de 2010, que confirmó la adoptada por el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, en diciembre 3 de 2009, denegando la tutela pedida por el señor Álvaro Roa Herrera, frente al Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y el Fondo Educativo Regional de Cundinamarca, la cual, en su lugar, se resuelve CONCEDER, en protección de sus derechos a la seguridad social y al mínimo vital.] - [Palabras claves: años, derecho, sala, nacional, ley, tutela, fondo, decreto, reconocimiento, corte, derechos]