Sentencia de Control de Constitucionalidad C-464 de 2004
[Resumen automatizado: La Sala Plena de la Corte Constitucional, conformada por los magistrados, Doctores Clara Inés Vargas Hernández - quien la preside -, Jaime Araujo Rentería, Alfredo Beltrán Sierra, Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño, Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra, Eduardo Montealegre Lynett y Alvaro Tafur Galvis, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y en cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la presente Sentencia con base en los siguientes, || Sostiene, además, que el estatuto de personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares y la Policía, contemplado en los Decretos 1211, 1212, 1213 y 1214 de 1990, establecía la pérdida de las prestaciones sociales aludidas por celebración de nuevo matrimonio o inicio de nueva vida marital, pero dicha condición fue declarada inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-182 de 1997, razón por la cual no opera actualmente. || El Ministerio de Defensa, no obstante coincidir con su homólogo en cuanto a la existencia de una nueva regulación legal en la que no se incluye el contraer nuevas nupcias como motivo de pérdida de derechos pensionales de las viudas de los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, aboga por la constitucionalidad de las disposiciones acusadas, arguyendo que ellas se justifican por la especialidad del régimen pensional castrense.] - [Palabras claves: decreto, derecho, nuevas, corte, pensión, ley, fuerzas, militares, normas, si, hijos]