Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-132 de 2013
[Resumen automatizado: 2.- En atención a lo expuesto, la Sala Plena debe determinar si el Instituto de Seguros Sociales, el Tribunal Superior de Medellín y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, mínimo vital y seguridad social de la señora Piedad del Socorro Gómez Roldán al haber negado su reconocimiento a la pensión de sobrevivientes con fundamento en la aplicación del requisito de fidelidad al sistema, consagrado en el artículo 12 de la ley 797 de 2003, por considerar que ésta era la disposición aplicable en virtud de la fecha de la muerte del cónyuge de la actora 26 de enero de 2004; y, finalmente, determinar que el fallecido incumplía con dicha exigencia. || 4.- La presente Corte ha reiterado en diferentes fallos que, conforme al artículo 86 de la Constitución Política y al artículo 1º del Decreto 2591 de 1991, las personas pueden acudir a la acción de tutela para salvaguardar sus derechos fundamentales frente a cualquier tipo de vulneración o amenaza por parte de una autoridad pública o un particular en los casos preestablecidos por la norma.] - [Palabras claves: corte, derechos, tutela, acción, derecho, constitución, requisito, seguridad, norma, fidelidad, sistema, sala, social, sobrevivientes, sentencia]