Sentencia de Control de Constitucionalidad C-336 de 2008
[Resumen automatizado: La pensión de sobrevivientes, antes denominado derecho a la sustitución pensional, ha sido definida como una de las expresiones del derecho a la seguridad social siendo una prestación que se genera a favor de las personas que dependían económicamente de otra que fallece, y corresponde a una garantía propia del sistema de seguridad social fundada en varios principios constitucionales, entre ellos el de solidaridad que lleva a brindar estabilidad económica y social a los allegados al causante; el de reciprocidad, por cuanto de esta manera el legislador reconoce en favor de ciertas personas una prestación derivada de la relación afectiva, personal y de apoyo que mantuvieron con el causante; y el de universalidad del servicio público de la seguridad social, toda vez que con la pensión de sobrevivientes se amplía la órbita de protección a favor de quienes probablemente estarán en incapacidad de mantener las condiciones de vida que llevaban antes del fallecimiento del causante.] - [Palabras claves: derecho, derechos, corte, personas, social, sexo, hecho, mismo, seguridad, protección, efectos, pensión, ley, sentencia]; Arts. 47, 74 (parciales) de la Ley 100 de 1993 (Modificados por el Art. 13 de la Ley 797 de 2003) : CONDICIONALMENTE exequibles. Art 163 : Estarse a lo resuelto. Art. 1 de la Ley 54 de 1990 : Estarse a lo resuelto