Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-337 de 2017
[Resumen automatizado: Que en el año 2003 y con fundamento en lo anterior, promovió proceso laboral ordinario cuyo conocimiento correspondió, en primera instancia, al Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Bogotá D.C., autoridad judicial que, mediante sentencia proferida el 29 de febrero de 2008, ordenó a Ecopetrol S.A. reconocer y pagar la respectiva sustitución pensional en un 50% a favor de Marlene Guerrero Fuentes, en calidad de compañera permanente supérstite, a partir del 3 de marzo de 2001, pensión que se acrecentaría hasta en un 100% una vez se extinga el derecho pensional reconocido a los hijos menores de edad del causante. || Corresponde a la Sala Cuarta de Revisión determinar si las entidades accionadas vulneraron los derechos fundamentales a la salud, a la seguridad social, al debido proceso y al mínimo vital de la señora Aurora Santiago de Solano, al negarle el reconocimiento y pago de la sustitución pensional, en calidad de cónyuge supérstite del señor Emilio Solano, y al haber tenido como beneficiaria de dicha prestación a la señora Marlene Guerrero Fuentes, en calidad de compañera permanente.] - [Palabras claves: derecho, sala, sustitución, derechos, tutela, permanente, cónyuge, compañera, constitucional, corte, decisión, proceso, causante, judicial, en, fundamentales]