Sentencia de Revisión de Tutela T-600 de 2007
¿La orden emitida por Cajanal, en el sentido de suspender el pago de la mesada de pensión gracia de la peticionaria, vulnera sus derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social en conexidad con el mínimo vital y la vida digna? Concedida. Elementos mínimos del debido proceso administrativo. Improcedencia de la revocatoria directa de actos de carácter particular y concreto. Presunción de vulneración al mínimo vital por suspensión en el pago de la mesada pensional. Vulneración a la seguridad social, en conexidad con el mínimo vital y la vida digna. - [Resumen automatizado: La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados, Jaime Córdoba Triviño, Rodrigo Escobar Gil y Marco Gerardo Monroy Cabra, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente || De acuerdo con los antecedentes mencionados, corresponde a la Sala Tercera de Revisión, establecer si la orden emitida por la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal-, en el sentido de suspender el pago de la mesada de pensión gracia de la peticionaria, vulnera sus derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social en conexidad con el mínimo vital y la vida digna. || Para resolver el problema jurídico planteado, la Corte reiterará su jurisprudencia en lo referente a: (i) los elementos mínimos del derecho al debido proceso administrativo y (ii) sus implicaciones sobre la revocatoria directa de actos administrativos de carácter particular y concreto; (iii) la presunción de afectación al mínimo vital por la suspensión en el pago de mesadas pensionales y (iv) realizará algunas precisiones sobre la posibilidad de aplicar tal presunción al caso de la pensión gracia.] - [Palabras claves: derecho, derechos, pago, vital, debido, tutela, sentencia, dos, mínimo, corte, acto, proceso, fundamentales, seguridad, puede]