Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 08001-23-31-000-2006-00004-01(0824-09) de 2010
¿Considerando que no existe norma expresa que regule la procedencia de la sustitución de la pensión gracia para docentes, ésta puede presentarse? A pesar de que la pensión gracia cuente con una causa jurídica distinta a las pensiones ordinarias, a efectos de realizar su sustitución, se deberán seguir los parámetros aplicables para el caso de la sustitución de las primeras, como quiera que en todo caso, sí comparten naturaleza y finalidad. Compartibilidad de la pensión de gracia con la pensión de invalidez
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