Sentencia de Control de Constitucionalidad C-402 de 2003
[Resumen automatizado: - Por lo demás, estaríamos frente a una inconstitucionalidad por omisión, dado que la ley 100 de 1993 no estipuló un régimen especial para discapacitados, respecto del cual la Corte Constitucional ya se ha pronunciado, tal como puede comprobarse al tenor de la lectura de la sentencia C-146 de 1998. || El Procurador General de la Nación rinde el concepto correspondiente solicitando a la Corte declarar la exequibilidad de los artículos 33, 36 y 65 de la ley 100 de 1993, en lo acusado, condicionada a que en ellos se contemple un trato especial respecto de los disminuidos psíquicos y físicos similar al otorgado a las mujeres, pues, en su entender, su no consagración genera una omisión legislativa de orden relativo. || - Por lo mismo, considera el despacho que se dan los presupuestos de la omisión legislativa relativa en las normas revisadas, toda vez que si bien mediante ellas se adoptó un precepto que corresponde a una obligación constitucional se excluyó tácitamente a un grupo de ciudadanos de los beneficios que allí se otorgan a otros que están en condiciones similares de debilidad, como es el caso de los minusválidos y las minusválidas respecto de las mujeres.] - [Palabras claves: omisión, constitucional, legislativa, corte, personas, legislador, ley, derecho, condiciones, edad, especial, si, normas]