Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-065 de 2018
[Resumen automatizado: La Sala Plena de la Corte Constitucional integrada por los Magistrados Carlos Bernal Pulido, Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo, Gloria Stella Delgado, José Fernando Reyes Cuartas, Cristina Pardo Schlesinger, Diana Fajardo Rivera, Alberto Rojas Ríos y Luis Guillermo Guerrero Pérez, quien la preside, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, especialmente las previstas en los artículos 86 y 241 numeral 9 de la Constitución Política, y en los artículos 33 y siguientes del Decreto 2591 de 1991 ha proferido la siguiente || ¿Incurrió la autoridad judicial accionada (Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Laboral-) al proferir la Sentencia de 23 de noviembre de 2016, en defecto sustantivo que presuntamente vulnera los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la seguridad social, que niega el reconocimiento de los intereses moratorios por el pago tardío de las mesadas pensionales, por tratarse de una sustitución pensional derivada de una prestación de origen convencional y no legal, al inaplicar el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, en los términos la Sentencia C-600 de 2001?] - [Palabras claves: corte, pago, tutela, intereses, sala, decisión, derecho, ley, judicial, proceso, justicia, acción, suprema, banco, casación]