Sentencia de Revisión de Tutela T-448 de 2006
[Resumen automatizado: Según el demandante esta decisión configura una flagrante vía de hecho, toda vez que se desconoció el tenor del artículo 173 del Decreto 1211 de 1999, por el cual se reformó el Estatuto del Personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, que dice: “Las asignaciones de retiro, pensiones y demás prestaciones sociales a que se refiere el presente Estatuto no son embargables judicialmente salvo en los casos de juicios de alimentos, en los que el monto de embargo no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) de aquellas”. || Otros derechos fundamentales como la igualdad y el acceso a la justicia no pueden ser considerados como vulnerados a los acreedores, pues las normas que denotan la inembargabilidad de las pensiones son de conocimiento público al estar incorporadas, tanto en la Constitución Política de Colombia, como en la Codificación Sustantiva del Trabajo, en la Ley 100 de 1993 y, de manera especial para el caso de militares, como en el caso en comento, en el Estatuto del Personal de las fuerzas Armadas, Decreto 1211 de 1990[9] || Como se vio en los enunciados normativos de esta sentencia, la inembargabilidad de las pensiones tiene fundamento constitucional en los artículos 48 y 53 de la Carta Política y legal en el Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 100 de 1993 y, para el caso concreto del personal retirado de las Fuerzas Militares (como lo es el señor Jhon Fredy Valencia), el Decreto 1211 de 1990.] - [Palabras claves: derecho, derechos, hecho, tutela, anterior, casos, si, puede, embargo, prueba, petición, acción, juez, protección, fundamentales, civil, pues, constitucional]