Sentencia de Control de Constitucionalidad C-331 de 1999
Inembargabilidad de las pensiones y demás prestaciones derivadas de riesgos profesionales - Demanda de inconstitucionalidad (parcial) contra los artículos 344 del Código Sustantivo del Trabajo, 134 de la Ley 100 de 1993, y 93 del Decreto 1295 de 1994 - [Resumen automatizado: El ciudadano JORGE LUIS PABON APICELLA, haciendo uso del derecho consagrado en el artículo 241, numerales 4 y 5, de la Constitución Política, ha presentado ante la Corte una demanda de inconstitucionalidad (parcial) contra los artículos 344 del Código Sustantivo del Trabajo, 134 de la Ley 100 de 1993, y 93 del Decreto 1295 de 1994. || El representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ciudadano PEDRO NEL LONDOÑO CORTES, estima, con base en varios antecedentes jurisprudenciales, que en el presente caso el principio de igualdad previsto en el artículo 13 de la Carta no se ha menoscabado por las normas atacadas, en la medida en que existen razones de orden constitucional que razonablemente justifican la excepción de inembargabilidad a que se refieren las normas enjuiciadas, pues se está protegiendo los derechos de las personas de la tercera edad y los de quienes se encuentran cesantes. || Ahora bien, la Corte encuentra que en el presente caso no existe la proposición jurídica que el actor pretende deducir de los textos acusados, y que, por tal motivo, no se puede proferir fallo de fondo.] - [Palabras claves: pensiones, constitución, magistrado, corte, normas, artículos, puede, prestaciones, existe, recursos, demás]