Sentencia de Revisión de Tutela T-062 de 2014
[Resumen automatizado: La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados NILSON PINILLA PINILLA, JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB y, quien la preside, JORGE IVÁN PALACIO PALACIO, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 86 y 241 numeral 9º de la Constitución, así como el 33 y concordantes del Decreto ley 2591 de 1991, profiere la siguiente || Conforme a los antecedentes descritos, la acción de tutela se presenta con el fin de lograr que las entidades accionadas permitan transitoriamente y mientras se adelanta el proceso de interdicción judicial, disponer de las mesadas pensionales que son giradas por Colpensiones a la cuenta bancaria del señor Julio César Castro Fortul, para así costear las necesidades básicas y los gastos médicos de ella y de su cónyuge. || Por otra parte, es necesario que esta corporación establezca si los procedimientos de interdicción judicial contemplados en el ordenamiento jurídico son idóneos para solucionar la negativa de un banco en autorizar el retiro temporal de las mesadas pensionales cuando el solicitante se encuentra en imposibilidad física y mental, o si, por el contrario, la acción de tutela puede desplazar de manera transitoria los mecanismos de defensa judicial.] - [Palabras claves: tutela, cuenta, judicial, debe, derechos, persona, derecho, fundamentales, defensa, acción, bancaria, encuentra, vida, si, constitucional, sentencia]