Sentencia de Revisión de Tutela T-223 de 2010
[Resumen automatizado: En sentencia del 21 de mayo de 2009, el juez de primera instancia negó la protección constitucional al considerar que la presente acción de tutela es improcedente por cuanto la accionante tenía otros medios judiciales para defender su derecho, tal como la jurisdicción ordinaria laboral. || El 23 de mayo de 2009 la accionante impugnó el fallo de primera instancia al considerar que en el caso en estudio se afectaban directamente los derechos fundamentales del mínimo vital y la vida digna de un ciudadano de la tercera edad y, por tanto, este caso encaja claramente en las hipótesis de procedencia excepcional de la acción de tutela para proteger derechos de contenido económico. || “Primero: A través de la Secretaría General ofíciese a Citi Colfondos Sociedad Administradora de fondos de pensiones y cesantías a la (…) para que informe a esta corporación si hasta la fecha le ha sido reconocida pensión de sustitución a la señora Sonia Del Carmen Cabezas Dajome C.C 66'875.383 como consecuencia del fallecimiento de su hija Pilar Valencia Cabezas que en vida se identificaba con la C.C 31'445.895.] - [Palabras claves: acción, derecho, tutela, derechos, objeto, ver, principal, pago, corte, cuaderno, fundamentales, si, juez, juzgado, cali, hecho, protección, civil]