Sentencia de Revisión de Tutela T-470 de 2019
[Resumen automatizado: Luis José Pico Vera, por medio de apoderado judicial, promovió acción de tutela en contra de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP)[2], al considerar vulnerados sus derechos fundamentales de petición, al debido proceso, a la seguridad social y a la vida digna, a causa de la negativa del reconocimiento de la pensión por aportes que solicitó ante dicha entidad. || Mediante auto de 16 de mayo de 2018, para mejor proveer, se ordenó al accionante indicar: i) su estado actual de salud y el tipo de afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud, ii) una relación de sus ingresos y gastos mensuales, así como el origen de los mismos, iii) si ha recibido respuesta sobre la última solicitud elevada ante Colpensiones y iv) si cuenta con algún otro elemento que pruebe su vinculación a BAT Colombia. || Así mismo, ha sostenido que cuando una entidad encargada del reconocimiento de pensiones se niega a iniciar el procedimiento de reconstrucción o de corrección de la historia laboral vulnera al mismo tiempo los derechos fundamentales al habeas data, al debido proceso, al mínimo vital y a la seguridad social, por cuanto la falta de verificación de la realidad de las cotizaciones efectuadas tiene incidencia directa en el reconocimiento de la pensión.] - [Palabras claves: derecho, actor, laboral, entidad, trámite, información, reconocimiento, años, solicitud, proceso, derechos, petición, agosto]