Sentencia de Revisión de Tutela T-571 de 2006
[Resumen automatizado: en proceso de revisión al fallo de tutela adoptado por la Sala Segunda de Decisión Penal del Tribunal Superior de Popayán, de fecha 9 de febrero de 2006, mediante el cual confirmó el del Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Popayán, del 2 de diciembre de 2005, que negó el amparo de los derechos a la igualdad, mínimo vital y debido proceso, resolviendo tutelar el de petición, respecto de la acción de tutela promovida por la señora, Luz Ángela Hormaza de Iragorri, contra la Caja Nacional de Previsión. || El Tribunal además puso énfasis en las partes considerativas de las resoluciones dictadas por la entidad accionada, en las que dice puede evidenciarse que el beneficiario solicitó en ciertas ocasiones el reajuste de la mesada pensional como profesor de tiempo completo de la Universidad del Cauca, a tal punto que contra la resolución No. 06035 de 2 de noviembre de 1966, el apoderado del doctor Celio Benjamín Iragorri interpuso el recurso de reposición, por cuanto el certificado de sueldos expedido por la Universidad del Cauca, contenía un error aritmético y no porque la Caja Nacional de Previsión hubiera omitido tener en cuenta para efectos del reajuste, el cargo de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.] - [Palabras claves: corte, magistrados, derecho, tutela, nacional, reajuste, ley, sentencia, magistrado, edad, acción]