Sentencia de Revisión de Tutela T-818 de 2009
[Resumen automatizado: La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados Nilson Pinilla Pinilla, Jorge Iván Palacio Palacio y Humberto Antonio Sierra Porto, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales profiere la siguiente || El 6 de noviembre de 2007 Rosa Angélica Serna, actuando a nombre propio, presentó acción de tutela contra el Ministerio de la Protección Social y el Fondo de Solidaridad Pensional - PROSPERAR, por estimar vulnerados sus derechos fundamentales al mínimo vital en conexión con la vida, a la dignidad humana, la igualdad y la seguridad social, con base en los hechos que a continuación son resumidos. || Corresponde a esta Sala de Revisión determinar si la acción de tutela presentada por Rosa Angélica Serna, es el mecanismo idóneo para la protección constitucional de los derechos al mínimo vital en conexidad con la vida; la dignidad, la igualdad y la seguridad social que, a su entender, están siendo conculcados por el Ministerio de la Protección Social y el Fondo de Solidaridad Pensional PROSPERAR.] - [Palabras claves: edad, derechos, social, mínimo, personas, protección, subsidio, derecho, fondo, ley, tutela, ministerio, tercera]