Sentencia de Revisión de Tutela T-493 de 2003
[Resumen automatizado: La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Marco Gerardo Monroy Cabra quien la preside, Eduardo Montealegre Lynett y Alvaro Tafur Galvis, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la siguiente || “Mayermo Cruz Betancour, en ejercicio del derecho a mi defensa consagrado en el artículo 29 de la Carta y en desarrollo de los artículos 6, 8, 9, 10 y 15 del C.P.P. y en ejercicio del derecho de petición consagrado por el artículo 23 de la Carta, me dirijo a Su Señoría para instaurar una acción de tutela contra el Juez Penal del Circuito de Yopal, doctor Felix Gilberto López Rodríguez por estar vencidos los términos de audiencia (realizada en diciembre 1 de 2000 a las 9 y 30 a.m.), artículo 410 C.P.P. y de la misma manera ordene mi libertad provisional, artículo 64 C.P., 480, 481 del C.P.P.” || 5.Como no existía en el expediente de tutela prueba alguna sobre la decisión que se hubiere tomado respecto a la libertad provisional, ni sobre la realización de la nueva audiencia pública, esta Sala de Revisión profirió auto para mejor proveer y por tal razón llegó, proveniente del Juzgado Penal del Circuito de Yopal la siguiente información:] - [Palabras claves: tutela, justicia, audiencia, libertad, diciembre, penal, pública, juzgado, circuito, proceso, sentencia, cruz, acta]