Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 08001-23-31-000-2009-00738-01(0725-13) de 2015
El Alcalde de Barranquilla vulneró el derecho al debido proceso de los beneficiarios de la prima al suprimir los 15 días de prima adicionales de los pensionados de la EPM - por inaplicabilidad de la convención colectiva a quienes se estaban beneficiando de ella, dada su condición de empleados públicos. Como la administración no adelantó tal actuación administrativa encaminada a obtener el consentimiento expreso y escrito de los titulares del derecho particular y concreto, se entiende vulnerado el derecho al debido proceso de los beneficiarios de la prima, tal como lo ha reiterado la jurisprudencia de la Sala Segunda del Consejo de Estado
VER MÁS