Sentencia de Control de Constitucionalidad C-376 de 2008
En las demandas acumuladas se cuestiona: - la creación de COLPENSIONES - La liquidación de CAJANAL, CAPRECOM y del ISS. la forma en que está conformada la Junta Directiva de COLPENSIONES; y - El otorgamiento al Presidente de la República de facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley que determinen el sistema específico de carrera para los empleados de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, UGPP, cuya creación se decreta en el artículo 156 de la Ley acusada. Sobre lo anterior se analizan los siguientes cargos: - Desconocimiento de los principios de identidad flexible y consecutividad.- Falta de unidad de materia. - ¿La modificación de la estructura de la Administración Pública en el orden nacional puede llevarse a cabo mediante disposiciones contenidas en la Ley del Plan de Desarrollo Económico o si se requiere de una ley expedida con fundamento en el numeral 3) del artículo 150 de la Constitución? - ¿Mediante la Ley del Plan de Desarrollo pueden otorgarse facultades extraordinarias al Presidente de la República para expedir normas que determinen el sistema específico de carrera para los empleados de una entidad pública? y - ¿En virtud del principio de participación, la junta directiva de una entidad pública debe conformarse con todos los sectores interesados en la fijación de las políticas que dicha junta debe definir?. Ley 1151 de 2007, "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010"; Arts. 155 y 156 : Exequibles. SV - [Resumen automatizado: La Corte estima que existe una relación de conexidad teleológica directa e inmediata y de coherencia interna entre la decisión de otorgar al Presidente de La República facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley que determinen funciones y el sistema específico de carrera de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, y las metas o proyectos generales del Plan de Desarrollo, en especial el programa de reorganización del marco institucional de la administración del Régimen de Prima Media || Para fundamentar la existencia de un vicio de inexequibilidad por violación de los principios de consecutividad e identidad, la demanda inicialmente trascribe algunos apartes que considera relevantes del texto del Proyecto de Ley del Plan de Desarrollo Económico presentado a consideración del Congreso de la República, tanto de la Parte General como del Proyecto de Inversiones, de cuyo examen concluye que "en el proyecto original, si bien se hace referencia directa a la institucionalidad del Régimen de prima media con prestación definida, en el marco de los programas de inversión de reducción de pobreza, y, más precisamente, concernientes al modelo administrativo para la intervención del Estado en la economía, nunca se hizo referencia a la liquidación del INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES, CAPRECOM Y CAJANAL EICE."(Negrillas del original)] - [Palabras claves: plan, ley, proyecto, desarrollo, corte, artículos, nacional, entidades, materia, normas, liquidación, principio, debate, parte]; Arts. 155 y 156 : Exequibles. SV