Sentencia de Revisión de Tutela T-606 de 2005
[Resumen automatizado: La liquidadora de la Caja Agraria en liquidación, en escrito del 15 de diciembre de 2004, se opuso a las pretensiones de la accionante y sostuvo que ésta había perdido el derecho a la pensión que reclama, por no haber acreditado los requisitos necesarios para acceder a ella cuando su madre falleció, ya que para aquella época no aportó certificación de su calidad de estudiante, a pesar de ser mayor de edad. || Específicamente, en materia de pensión de sobrevivientes, la Corte ha ordenado el reconocimiento y pago de la misma en casos extremos, mientras se resuelve de manera definitiva el respectivo asunto ante la jurisdicción ordinaria, con miras a la protección de los derechos fundamentales de una categoría especial de personas vulnerables, esto es, “(…) aquellas que deben soportar las cargas económicas derivadas de la muerte de quien dependían para su sustento.”[6] Lo anterior por cuanto la finalidad de la pensión de sobrevivientes es garantizar a sus beneficiarios el acceso a los recursos necesarios para continuar viviendo en condiciones dignas, tal como la hacían durante la vida del causante.] - [Palabras claves: sustitución, derecho, padre, corte, muerte, favor, sido, sobrevivientes, reconocimiento, madre, en, perjuicio, causante, edad]