Sentencia de Revisión de Tutela T-335 de 2020
[Resumen automatizado: Esto, porque el actor fue afiliado a Cajanal desde el 19 de junio de 1997, posteriormente al 1 de abril de 1994, momento en el que la Ley 100 de 1993[31] entró en vigencia, configurándose una afiliación irregular de acuerdo con el Artículo 52 de la misma Ley. Asimismo, resaltó que la acción de tutela no era el medio propicio para solicitar la protección de los derechos invocados, dado que no se demostró el cumplimiento de los requisitos requeridos para obtener el reconocimiento pensional, como la totalidad de las semanas. || ¿Vulneraron la UGPP y Colpensiones los derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital del señor Víctor Manuel Cortés, al negar el reconocimiento pensional con fundamento en un conflicto administrativo negativo de competencias, suscitado por una falta de certeza sobre el momento de afiliación del accionante a las Entidades, pese a que él cumple con los requisitos para acceder a una pensión de vejez?] - [Palabras claves: reconocimiento, años, servicio, laboral, régimen, por, edad, mínimo, tutela, derechos, derecho, social, acción, ley, sala, actor, requisitos, días, artículo]