Sentencia de Revisión de Tutela T-1134 de 2005
[Resumen automatizado: 3. Debido a lo anterior, Ayda de la Candelaria Jaraba Mozo, Lastenia Ariza Torres, Soraya Blanquicett Raad, Bertilda Tovar Torrente, Filadelfo Solano Tuiran, Ludis Manjares Blanco, Malvis Esther Rico Rodríguez, Delcy Zunilda Goenaga Barbosa, Mara Luz Ayola Lugo, otorgaron poder a Johnny Patiño Banquett para que interpusiera acción de tutela contra el Fondo de Pensiones y Cesantías Santander para la protección de sus "derechos de petición, debido proceso, igualdad ante la ley, pago oportuno de derechos laborales y de seguridad social, y los demás derechos constitucionales conexos",[2] y así lo hizo éste en el mes de septiembre de 2004. || 6. A pesar de lo anterior, en lugar de acudir a los procesos penales tal como lo había indicado juez de tutela, el 11 de febrero de 2005 el apoderado Johnny Patiño Banquett, interpuso una nueva acción de tutela contra el Fondo de Pensiones y Cesantías Santander, ante el Juzgado Undécimo Civil Municipal de Cartagena, a nombre de Ayda de la Candelaria Jaraba Mozo, Lastenia Ariza Torres, Soraya Blanquicett Raad, Bertilda Tovar Torrente, Filadelfo Solano Tuiran, Ludis Manjares Blanco, Malvis Esther Rico Rodríguez, Delcy Zunilda Goenaga Barbosa, Mara Luz Ayola Lugo y Marelvis Isabel de Ávila Caraballo, y bajo la gravedad del juramento afirmó "que mis poderdantes no han instaurado una acción de tutela con los hechos, con las pruebas y los derechos ahora incoados."] - [Palabras claves: tutela, proceso, acción, corte, cartagena, derechos, si, pago, mínimo, vital, accionantes, constitucional, hechos, sala]